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Satisfecho secretario del DRNA con decisión judicial condominio Sol y Playa en Rincón

Satisfecho secretario del DRNA con decisión judicial condominio Sol y Playa en Rincón
Satisfecho secretario del DRNA con decisión judicial condominio Sol y Playa en Rincón

SAN JUAN (CyberNews)- El secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Rafael Machargo se expresó el martes satisfecho con la determinación judicial sobre el permiso de construcción del condominio Sol y Playa en Rincón,

“El resultado de todos estos procesos podrían parecer lentos y hasta incomprensibles para algunos, sin embargo, las agencias reguladoras estamos obligados a proteger el derecho al debido proceso de ley de todas las partes involucradas. Todos los procesos de vistas administrativas se llevan conforme a ley y reglamento. La mejor conclusión a la que podemos llegar es que los procedimientos de ley y orden han funcionado”, dijo Machargo en declaraciones escritas.

El juez superior de Aguadilla Abid Eriel Quiñones Portalatín declaró el lunes nulo el permiso de construcción consolidado de los propietarios del condominio Sol y Playa de Rincón.

“En consecuencia, se declara nulo el permiso de construcción consolidado número 2020-344034-PCOC-010814. Se ordena la paralización de las obras de construcción comenzadas en la propiedad objeto de esta demanda. Asimismo, se ordena a la parte demandada a demoler cualquier obra de construcción realizada bajo el referido permiso y deberá remover los escombros de la propiedad y devolverla a su estado natural, en un término de 120 días”, dijo el juez Quiñones Portalatín en su sentencia.

La demanda fue presentada por la Junta de Planificación contra los integrantes de la junta de residentes para que se les revocara el permiso de construcción para remodelar, construir o reconstruir: la piscina, jacuzzi, baños, gazebos, aceras existentes y nuevas aceras.

El permiso fue otorgado el 29 de enero de 2021. En la solicitud, el ingeniero Enrique Santiago Arroyo alegó que la construcción en el área no tendría un impacto ambiental significativo, como argumento para que se le considerara bajo la cláusula de exclusión categórica.

Sin embargo, la Junta de Planificación alegó en la demanda que la información ofrecida por el ingeniero fue incorrecta, por lo que no cumplía con los requisitos para la exclusión categórica.

Redacción 1170

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Equipo de redacción Radio Leo

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